Saltar al contenido
Un documento, un escudo y un cubo rojo bajo un arco de estrellas de la Unión Europea.

Bono IA y Reglamento europeo de IA: lo que una pyme debe tener en cuenta

Índole2 min de lecturaEl Reglamento europeo de IA

Compartir WhatsAppTelegram

El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como Reglamento europeo de IA, no es solo cosa de las grandes tecnológicas. Una pyme que incorpora IA a sus procesos pasa a ser «responsable del despliegue», y eso tiene algunas obligaciones, proporcionales al riesgo.

Lo que ya se aplica

  • Alfabetización en IA (artículo 4): desde el 2 de febrero de 2025, quien usa sistemas de IA debe procurar que su personal tenga conocimientos suficientes. Encaja con las condiciones de formación que prevé el bono.
  • Prácticas prohibidas (artículo 5): también desde el 2 de febrero de 2025. Para un proyecto normal de pyme no suele ser un problema, pero conviene descartarlo.

Lo que depende del uso

La mayoría de proyectos de una pyme (atención al cliente, lectura de documentos, previsiones) no son de alto riesgo. Si el sistema decide sobre personas, por ejemplo en selección de personal o en acceso a servicios, las exigencias suben. Y si un asistente conversa con clientes, hay obligaciones de transparencia: que sepan que hablan con una IA.

Ojo con las fechas: el calendario de aplicación de algunas obligaciones se está revisando en la Unión Europea. Antes de lanzar un proyecto conviene comprobar la versión vigente.

Nuestro criterio

Cumplir con el Reglamento no debería ser un añadido al final, sino parte del diseño: saber qué datos usa el sistema, quién supervisa sus resultados y cómo se informa a los usuarios. Hecho desde el principio cuesta poco, y es probable que las bases del bono lo valoren.

¿Te ha sido útil? Compártelo WhatsAppTelegram

¿Quieres saber si tu proyecto encajaría en el Bono IA? Te ayudamos a definir el caso de uso y a medir el punto de partida.

Hablemos

Más análisis del Bono IA